Certificado de la seguridad social (certificado A1)

DVKG Europa

El certificado A1

El certificado A1 es un formulario para la circulación de personas, especialmente con los estados de la UE y la AELC*. Con este certificado, el trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia puede demostrar que está sujeto al régimen de seguridad social de un determinado Estado miembro de la UE o de la AELC.

*Estados de la AELC = Estados de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza

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¿Sus empleados viajan a los estados de la UE / AELC?

Proteja a sus empleados de pagar dos veces las cotizaciones a la Seguridad Social en su país y en el extranjero. La normativa de la Comunidad Europea establece que, en determinadas condiciones, la legislación nacional sigue siendo la única aplicable cuando un empleado es desplazado a otro Estado de la UE / AELC. El empleado desplazado debe demostrarlo en el país de empleo con un certificado A1.

Quién recibe el certificado A1

Tu empleado está obligado a llevar consigo el certificado A1 durante su estancia en el extranjero. No se distingue entre comisión de servicio y viaje de negocios. Una estancia en el extranjero también puede durar unas horas. Al mismo tiempo, la autoridad competente del país en el que se realiza el viaje suele recibir una copia del certificado A1.

Entrar en el país sin certificado A1

Cada vez se realizan más controles en los estados de la UE/AELC. No llevar el certificado A1 puede acarrear consecuencias considerables. Además de multas de cinco cifras, se puede denegar el acceso a las instalaciones de la empresa o al recinto ferial o confiscar inmediatamente las cotizaciones a la seguridad social de acuerdo con la legislación del país de residencia.

¿Cómo se utiliza la DVKG para solicitar el certificado A1?

Online:La Sociedad Alemana de Visados y Consulares (DVKG) ofrece una solicitud A1 online. Una vez cumplimentada, en el futuro solo se requerirá la información variable. La DVKG solicitará el certificado A1 por usted. El viajero recibirá el certificado A1. Próximos pasos:

  • Regístrese en la DVKG; si es necesario regístrese una vez.
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  • Comienza seleccionando el viajero y, a continuación, selecciona el destino.
  • Sigue el innovador proceso de solicitud.

Terceros países con convenios de seguridad social (SVA)

El convenio de seguridad social regula qué ley de seguridad social debe aplicarse en caso de desplazamiento / viaje de negocios. Este tipo de convenios tienen relevancia práctica en caso de imprevistos como enfermedades y accidentes. En particular, el convenio regula la atención del trabajador desplazado / viajero de negocios en caso de enfermedad o tras un accidente laboral.

La legislación aplicable en materia de seguridad social se verifica con el certificado de seguridad social (certificado A 1 (E101))

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El siguiente resumen ofrece una visión general de los países con los que la República Federal de Alemania ha suscrito convenios de seguridad social y especifica los periodos durante los cuales la legislación alemana sigue siendo de aplicación cuando los trabajadores están desplazados en el extranjero:

La legislación de seguridad social aplicable se verifica con el certificado de seguridad social (certificado A 1 (E101)).

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Estado en el que se ejerce el desplazamiento
empleo se ejerce
Período de mantenimiento de la aplicabilidad
Legislación alemana
Estados miembros de la UE/EEE* 12 meses, excepción 18 meses
Albania 24 meses
Australia 48 meses
Bosnia y Herzegovina Sin plazo fijo
Brasil 24 meses
Chile 36 meses
China 48 meses
India 48 meses
Israel Sin plazo fijo
Japón Sin límite de tiempo fijo
Canadá/Quebec 60 meses
Corea (Sur) 24 meses
Kosovo Sin plazo fijo
Marruecos 36 meses
Macedonia 24 meses
Montenegro Sin plazo fijo
Filipinas Sin plazo fijo
Moldavia Sin límite de tiempo fijo
Serbia Sin límite de tiempo fijo
Turquía Sin plazo fijo
Túnez 12 meses
Uruguay 24 meses
EEUU 60 meses
* Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Estonia, Dinamarca, Finlandia, Francia, Grecia, Gran Bretaña,
Irlanda, Italia, Croacia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia,
Portugal, Rumanía, Suecia, Eslovaquia, Eslovenia, España, República Checa, Hungría, Chipre;
también en los Estados del EEE de Islandia, Liechtenstein y Noruega

Terceros países sin convenio de seguridad social (SVA)

No existe un plazo máximo para el desplazamiento a países con los que no existe convenio de seguridad social. Si se cumplen los requisitos para un desplazamiento, la legislación alemana en materia de seguridad social también se aplica en estos países durante el periodo de empleo. Se lleva a cabo una revisión para determinar si el desplazamiento se considera un desplazamiento en el sentido de la emisión.

Si no se cumplen los requisitos de un desplazamiento, los trabajadores no están sujetos a la legislación alemana durante su misión en el extranjero. Cualquier obligación previa de seguridad social finaliza entonces cuando el empleado comienza a trabajar en el extranjero.

Certificado A1 en el marco de la obligación de registro en la UE

Al solicitar un certificado A1, puede ser necesaria una obligación de notificación de la UE. El marco jurídico de una notificación depende del destino. Deben tenerse en cuenta áreas especializadas como la seguridad social y la legislación fiscal.

Póngase en contacto con los asesores consulares de la DVKG para la aplicación de la notificación de la UE. Para un mayor asesoramiento jurídico, le recomendamos asesores en comisión de servicios con conocimientos jurídicos, asesores fiscales y auditores. Estaremos encantados de ponerle en contacto con nuestro socio correspondiente.

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